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TrámitesPadrón y vivienda

Empadronarse o cambiar de domicilio en el padrón de Málaga

Alta en el Padrón Municipal de Habitantes de Málaga al venir a vivir a la ciudad, cambio de domicilio dentro de Málaga o cambio de datos personales.

Quién: Toda persona que viva habitualmente en el municipio de Málaga; si vives en varios municipios, te empadronas en el que pasas más tiempo al año.

Revisado el 15 de octubre de 2026 con las páginas oficiales.

Coste
Gratuito
Plazo
Se puede presentar en cualquier momento; si no hay respuesta, el silencio es estimatorio

Qué necesitas

  • Hoja padronal cumplimentada y firmada por todas las personas mayores de edad que se inscriben
  • Documento de identidad: DNI o pasaporte (españoles); pasaporte o documento de identidad del país y certificado de registro de ciudadano de la UE con el NIE (ciudadanos de la UE); TIE o pasaporte (resto de extranjeros); libro de familia o certificado de nacimiento para menores de 14 años sin documento
  • Prueba de la vivienda: escritura, nota del Registro o recibo del IBI; o contrato de luz, agua o gas (con factura reciente si no es actual); o contrato de alquiler vigente con el último recibo y copia del DNI del arrendador
  • Si te empadronas en casa de otra persona: su autorización, copia de su documento de identidad y el título de la vivienda a su nombre
  • Para menores con un solo progenitor: autorización del otro progenitor con su documento, resolución judicial o la declaración responsable que corresponda

Paso a paso, en persona

  1. 1Descarga la hoja de empadronamiento en la Sede Electrónica o recógela en la oficina
  2. 2Pide cita previa en citaprevia.malaga.eu o en el 951 92 60 10
  3. 3Entrega la hoja y los documentos en una OMAC, en una Junta Municipal de Distrito o en GESTRISAM (Tabacalera)

Dónde

  • GESTRISAM, edificio Tabacalera (Negociado de Padrón de Habitantes)

    Avenida Sor Teresa Prat, 17, 29003 Málaga

    951 929 292

  • Oficinas Municipales de Atención a la Ciudadanía (OMAC) y Juntas Municipales de Distrito

    951 926 010

El empadronamiento de Málaga se hace en persona: en la Sede Electrónica no hay alta en línea. GESTRISAM también abre los jueves de 17:00 a 19:00 para el padrón (salvo del 15 de junio al 15 de septiembre y del 26 de diciembre al 5 de enero).

Fuentes oficiales

La guía resume estas páginas oficiales. Los importes y los plazos son los que publican; si cambian, manda la página oficial.

Preguntas frecuentes

¿Qué documentos necesito para empadronarse o cambiar de domicilio en el padrón de Málaga?

Hoja padronal cumplimentada y firmada por todas las personas mayores de edad que se inscriben; documento de identidad: DNI o pasaporte (españoles); pasaporte o documento de identidad del país y certificado de registro de ciudadano de la UE con el NIE (ciudadanos de la UE); TIE o pasaporte (resto de extranjeros); libro de familia o certificado de nacimiento para menores de 14 años sin documento; prueba de la vivienda: escritura, nota del Registro o recibo del IBI; o contrato de luz, agua o gas (con factura reciente si no es actual); o contrato de alquiler vigente con el último recibo y copia del DNI del arrendador; si te empadronas en casa de otra persona: su autorización, copia de su documento de identidad y el título de la vivienda a su nombre y para menores con un solo progenitor: autorización del otro progenitor con su documento, resolución judicial o la declaración responsable que corresponda.

¿Cuánto cuesta empadronarse o cambiar de domicilio en el padrón de Málaga?

Gratuito, según la página oficial.

¿Dónde se hace?

Se hace en persona; lo resuelve Ayuntamiento de Málaga. En línea, en su sede o web oficial. En persona: GESTRISAM, edificio Tabacalera (Negociado de Padrón de Habitantes) (Avenida Sor Teresa Prat, 17, 29003 Málaga) y Oficinas Municipales de Atención a la Ciudadanía (OMAC) y Juntas Municipales de Distrito.

¿Hace falta cita previa?

Sí para la atención en persona: se pide en la web oficial de cita previa o en el 951 92 60 10 / 010.

¿Cuánto tarda?

Se puede presentar en cualquier momento; si no hay respuesta, el silencio es estimatorio, según la página oficial.

¿Quién puede hacerlo?

Toda persona que viva habitualmente en el municipio de Málaga; si vives en varios municipios, te empadronas en el que pasas más tiempo al año.