- Coste
- Sin tasa: es una subvención. El importe se calcula sobre la renta mensual del contrato, durante un máximo de 24 meses.
- Plazo
- La convocatoria de 2025 (Orden de 2 de enero de 2025) admitía solicitudes del 14 de enero de 2025 al 30 de junio de 2026, con cierre provisional al llegar al cupo; hoy no hay plazo abierto
Qué necesitas
- Solicitud (anexo I de la convocatoria)
- Contrato de alquiler de la vivienda o habitación
- Documentación de ingresos si no constan en la vida laboral
- DNI o NIE y documentos de residencia, si no autorizas su consulta
Paso a paso, en línea
- 1Comprueba en el BOJA o en la ficha del procedimiento 24974 si hay convocatoria abierta
- 2Entra en la Ventanilla Electrónica de la Junta (VEAJA) con certificado digital o Cl@ve
- 3Rellena la solicitud, adjunta los documentos en PDF y firma
Dónde
Ventanilla Electrónica de la Junta de Andalucía (VEAJA), solo en línea
Estas ayudas solo se piden con convocatoria abierta y se cierran al agotarse el cupo: cuando salga la siguiente, conviene tener preparados el certificado digital, la referencia catastral y el contrato.